ANTES Y DESPUES DE LA REVOLUCIÓN
LA EDUCACION POPULAR ANTES Y DESPUES DE LA REVOLUCIÓN
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El sistema educativo antes de la educación popular comienza después de la independencia, algunos datos son presentados a continuación: El clero era una pieza fundamental en la educación en México después de la independencia, años más tardes. La guerra de reforma, la intervención francesa y la guerra contra Maximiliano de Habsburgo, afectaron la operación de muchas escuelas, “por la impostergable necesidad de tomar los fondos destinados a sueldos para financiar la actividad bélica”, la inestabilidad política, militar y financiera del periodo impidieron durante más de dos décadas que la acción educativa del Estado se ampliara. En 1867, tras la victoria de Juárez, se promulgó la Ley Orgánica de Instrucción Pública. En ella se establecía la educación primaria «gratuita para los pobres y obligatoria», se proponía la unificación educativa, se excluía del plan de estudios toda enseñanza religiosa y se incorporaba la enseñanza de «moral». La libertad de enseñanza garantizada en la constitución, encontraba sus límites en el laicismo obligatorio de los establecimientos oficiales. También contenía disposiciones para la educación secundaria, entre las cuales destaca la creación, bajo los principios del positivismo, de la Escuela de Estudios Preparatorios, la cual habría de dar una base homogénea a la educación profesional. La ley sólo regía al D.F. y territorios federales, pero ejerció influencia sobre las leyes estatales.
Educación publica en el Porfiriato
En el Porfiriato, el poder y los recursos económicos tendieron a centralizarse a costa de las autonomías locales y estatales. La antigua base municipal de la educación fue erosionándose por la supresión de las alcabalas. La falta de recursos locales y nacionales dificultó el desarrollo de un sistema nacional y unitario de educación.
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Durante el porfiriato la educación continuó siendo un sistema pequeño y de lenta expansión. De 1878 a 1990, se registró una tasa de crecimiento anual de la escolaridad por cada 1,000 habitantes de 3.2%. En una segunda fase, de 1900 a 1907, el ritmo disminuyó para situarse en una tasa de 2.7%. Según datos aproximados, la tasa de escolaridad efectiva (relación entre la matrícula y la población de 5 a 15 años) era de 23%. Entre 1878 y 1907 sólo surgieron alrededor de 162 escuelas, un crecimiento de 2% en 30 años.
En la administración porfiriana aparecieron en pocas ciudades y en número muy pequeño los primeros jardines de niños. La educación primaria sólo llegó a las ciudades importantes, atendiendo principalmente a una porción de las clases medias urbanas y semiurbanas. En cambio, la educación superior recibió mayor atención: la escuela preparatoria surgió en todos los estados del país, los institutos científicos y literarios se multiplicaron y sus contenidos y equipos didácticos mejoraron. En casi todos los estados se contó con escuelas normales, en algunos se desarrolló la educación artística y, al final del periodo (1910), se creó la Universidad Nacional.
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En el terreno de las ideas, las realizaciones más destacadas del porfiriato fueron los cuatro grandes congresos pedagógicos nacionales, el desarrollo de teoría educativa y el diseño de distintos enfoques educativos (la educación popular, integral, liberal, nacional y para el progreso).
Educación y constitucionalismo.
Durante la revolución mexicana (1910-1917) la educación tuvo un escaso desarrollo. Sin embargo, en algunos estados de la República los gobernadores revolucionarios impulsaron leyes que favorecieron la educación popular y, en algunos casos, pese a las grandes dificultades económicas, crearon escuelas
y ampliaron el número de profesores.
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Los debates que adquirieron mayor importancia en el Constituyente de Querétaro fueron los relativos a la educación y a las cuestiones laborales, religiosas y agrarias. Resaltando este aspecto, el Gral. Múgica señalaba en la sesión del 3 de diciembre de 1916: "Estamos en el momento más sobresaliente de la revolución...ningún momento, señores, de los que la revolución ha pasado, ha sido tan grande, tan palpitante, tan solemne como el momento en que el Congreso Constituyente aquí reunido trata de discutir el artículo 38. de la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos...se trata nada menos que del porvenir de la patria, del porvenir de nuestra juventud, del porvenir de nuestra niñez, del porvenir de nuestra alma máter, que debe engendrarse en principios netamente nacionales y en principios netamente progresistas...".
Educación popular y la constitución de 1917.
El Congreso Constituyente de 1917 elevó por primera vez a rango constitucional el precepto de la educación laica, obligatoria y gratuita. El Congreso estableció la prohibición al clero y a las asociaciones religiosas de organizar o dirigir escuelas de educación primaria. La Constitución otorgó mayores facultades educativas al Estado, el cual debía vigilar las escuelas primarias oficiales y privadas. Sin embargo, la supresión de la Secretaría de Instrucción Pública y Bellas Artes determinada por el Congreso, dificultó al gobierno federal impulsar el sector educativo. Los municipios tuvieron a su cargo la educación, pero muchas escuelas cerraron por falta de recursos técnicos y humanos.
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Con la aprobación del artículo Tercero, la Revolución moldea una nueva escuela mexicana, de acuerdo con las tendencias que la significaron: carácter laico y nacional; gratuidad; responsabilidad del Estado.
En 1917, la Universidad Nacional de México era la única institución que agrupaba diversas escuelas y colegios de educación superior.
Articulo 3 de la constitución de 1917
ART. 3o.- La educación que imparte el Estado tenderá a desarrollar armónicamente todas las facultades del ser humano y fomentará en él a la vez, el amor a la patria y la conciencia de la solidaridad internacional, en la independencia y en la justicia:
I ,. La educación se mantendrá por completo ajena a cualquier doctrina religiosa y, basado en los resultados del progreso científico, luchará contra la ignorancia y sus efectos, las servidumbres, los fanatismos y los prejuicios. Además:
a. Será democrática, considerando a la democracia como un sistema de vida fundado en el constante mejoramiento económico , social y cultural del pueblo.
b. Será nacional en cuanto atenderá a la comprensión de nuestros problemas, al aprovechamiento de nuestros recursos, a la defensa de nuestra independencia política , al aseguramiento de nuestra independencia económica y a la continuidad acrecentamiento de nuestra cultura y
c. Contribuirá a la mejor convivencia humana.
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II.- Los particulares podrán impartir educación en todos sus tipos y grados.
III.- Los planteles particulares dedicados a la educación deberán ajustarse, sin excepción a lo dispuesto en los párrafos inicial I, y II del presente artículo, y , además deberán cumplir los planes y programas oficiales.
IV .- Las corporaciones religiosas, los ministros de los cultos, las sociedades por acciones, que exclusiva o predominantemente, realicen actividades educativas, no intervendrán en forma alguna en planteles en que se imparta educación primaria, secundaria y normal, y la destinada a obreros o a campesinos.
V.- El Estado podrá retirar, discrecionalmente, el reconocimiento de validez oficial a los estudios hechos en planteles particulares;
VI.- La educación primaria será obligatoria;
VII.- Toda la educación que el Estado impartirá será gratuita y
VIII.-Las universidades y las demás instituciones de educación superior a las que la ley otorgue autonomía, tendrán la facultad y la responsabilidad de gobernarse a sí mismas; realizarán sus fines de educar, investigar y difundir la cultura de acuerdo con los principios de este artículo. Las relaciones laborales, tanto del personal académico como del administrativo, se normarán por al
apartado A del artículo 123 de esta Constitución, en los términos con las modalidades que establezca la Ley Federal del Trabajo conforme a las características propias de un trabajo especial, de manera que concuerde con la autonomía, la libertad de cátedra e investigación y los fines de las instituciones a que esta fracción se refiere.
IX.-El Congreso de la Unión expedirá las leyes necesarias, destinadas a distribuir la función social educativa entre la Federación, los Estados y los Municipios.
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Educación en el gobierno de carranza.
El esfuerzo educativo, prácticamente interrumpido por la Revolución y la guerra civil que asoló al país, sólo pudo ser reemprendido, no sin grandes dificultades, con el ascenso y dominio hegemónico de la facción constitucionalista, liderada por don Venustiano Carranza.
En materia educativa, con base en la Constitución de 1917, Carranza se propuso dar prestigio, responsabilidad y fuerza a los Ayuntamientos, y el 28 de febrero de ese año les entregó las riendas para dirigir la educación, aunque los resultados fueron desastrosos, ya que el municipio se había vuelto botín de caciques, jefes de armas y políticos locales, quienes sustraían considerables recursos económicos. La Secretaría de Instrucción y Bellas Artes fue suprimida por la Ley de Secretarías de Estado del 13 de abril de 1917.
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No obstante estos serios desatinos, las preocupaciones educativas de Carranza pueden apreciarse cuando el 15 de abril de 1917 informa al Congreso de la Unión que "a pesar de los trastornos que naturalmente se originan de un período tan largo de guerra como el que hemos sufrido, se ha tomado el mayor empeño en conservar abiertos y dedicados al servicio público el mayor número de establecimientos oficiales que ha sido posible, creando cuantos más establecimientos nuevos se ha podido para ofrecer mejores oportunidades educativas a toda la población escolar".
En otro informe, Carranza refiere que "los Ayuntamientos han recibido las escuelas elementales, superiores nocturnas y jardines de niños", reconociendo dos años después que a pesar de que los Ayuntamientos tienen a cargo la Instrucción Primaria, de conformidad con la Ley de 13 de abril de 1917, éstos "no han logrado aumentar el número de escuelas, según las necesidades de la población actual, ni sostener las que se hallan abiertas y por ello el Gobierno se ha preocupado de fomentar la iniciativa privada, ayudando al establecimiento de centros educativos".
La política descentralizadora del carrancismo no dio resultados positivos, pues al poco tiempo que los ayuntamientos se hicieron cargo de las escuelas primarias y jardines de niños, se demostró que estas instancias no estaban capacitadas para esta compleja tarea, ya que su administración y funcionamiento requerían de una preparación científica y pedagógica, así como de ingresos suficientes para llevar a la práctica los principios de laicidad, obligatoriedad y gratuidad. En la práctica, esta política se enfrentó a múltiples problemas como la necesidad de edificios, organización, legislación y administración.